Noticias de la ciudad de Saladillo

Año:
2
Edición N°:
380
miércoles
10.mar 2010
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Los jóvenes excluidos necesitan un relato político que los emocione

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juventudEn la provincia de Buenos Aires hay aproximadamente 500 mil chicos que no estudian ni trabajan, según datos que brinda el Ministerio de Desarrollo Humano de Buenos Aires. Esto equivale al total de la población del partido de Gral. San Martín, o bien casi el doble de la población entera de la Provincia de San Luis.

Al no trabajar, estos chicos no hacen aportes a la seguridad social. Tampoco generan riqueza. Al no estudiar, es probable que tampoco puedan hacerlo algún día. Estos jóvenes tienen entre 14 y 20 años.

Como sus pares que estudian y trabajan, ellos también tienen sentimientos, emociones, temores, ganas de divertirse y necesidades de acceder a bienes. ¿Porqué no estudian? Aulas superpobladas, son niños carentes de temprana estimulación sumado a mala alimentación, tendencia a la dispersión, ausentismo, frecuentes paros docentes, entre otros motivos. Mayoritariamente desisten al final de la escuela primaria y se sienten incapacitados para estudiar.

¿Porqué no trabajan? Son hijos de Padres que fueron victima del cambio laboral de los noventa que genero una cultura del trabajo inestable. No ven al trabajo como lo imagina el resto de la sociedad, lo observan como una de las tantas formas de provisión de bienes. Carecen de calificación y por ello no saben que tipo de trabajo puede aceptarlos.

¿Qué propuestas hay para ellos en las plataformas programática de los partidos políticos? Pocas o ninguna. Cuando se los menciona, se piensa en ellos siempre como un problema. No son el sujeto transformador de un relato político

A fines del siglo XIX en la Argentina se desarrollo una política Universal para niño/ as y jóvenes sin precedente, fue la ley 1420 de educación libre y gratuita. Esta ley sin distinción de clase, permitía acceder a la educación, la educación al conocimiento y el conocimiento a un mejora de su posición social.

La escuela pública permitía el contacto de niños de todos los sectores sociales, facilitaba un entramado de relaciones de diversas culturas que enriquecía y la noción del esfuerzo era parte de la enseñanza.

Tiempo después vinieron lo que se conocía como leyes complementarias para aquellos niños con problemas de adaptación o conducta. Se la conoce como la Ley de Patronato. Si bien su sentido era un poco más complejo, se trataba desde una visión generosa de reparar a los llamados niños problema que no encuadraban en la escuela y eran la excepción del sistema. De alguna forma esta era la propuesta del Estado como política integral para los niños y jóvenes.

Un siglo después, con modificaciones varias ambas leyes siguen vigentes, pero el cuadro social ya no es el mismo. Las sociedades se han complejizado.
La escuela hoy no garantiza conocimiento y el conocimiento no asegura ascenso social. Por otro lado, los denominados chicos problemas ya no son una excepción. ¿Qué queda entonces? ¿Qué se puede hacer?

Es preciso ya conformar un revolución educativa más acorde a estos tiempos.
Hoy las clases medias y las clases altas llevan sus hijos a escuelas privadas y los pobres siguen siendo los beneficiarios de la ley 1420, pero eso no les asegura salir de la pobreza.

Sobretodo es preciso conformar un relato político para los jóvenes que los haga sentirse parte de la larga espera hacia el bienestar.

Un relato político que les devuelva las ganas de estar vivos, que les devuelva las ganas de valorar sus vidas y con ello, la de los demás.

La integración solo puede darse desde el trabajo genuino. No hay mucho que inventar. Sin planes asistenciales de miseria. Trabajo bien pago que permita sentir que ese esfuerzo vale la pena.


feed4 Comentarios
Gloria
15 04, 2009
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Llego de casualidad a esta nota, buscando en el google y me sumo a este debate para manifestar que el artículo es provocador y que los comentarios posteriores no dicen cosas muy diferentes.
Tal vez difieren en matices, pero nada tan distante
Sigan adelante

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norma
07 04, 2009
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Sr Álvarez:
Lamentablemente solo he leído 2 artículos suyos y es porque son parte de este portal, al que últimamente ingreso con asiduidad (como a otros), para conocer noticias de la zona.
La perseverancia por desgracia no creo que esté entre mis virtudes.

Soy obsesiva en los temas que me interesan y tan importantes como el de niñez y adolescencia. Es por ello que, es inconcebible para mi que personas que intentan tratar o divulgar la problemática no se ocupen de informarse o tergiversen la información y además no tengan la honestidad moral para reconocer errores puntuales como la existencia de LEYES o la derogación de otras, o incluya la 1420 en el siglo XX… ¡Y continúen haciéndolo cuando se les cuestiona, incluso sugiriendo persecución por el que lo hace o molestia por ser leído!

¡La ley 1.420, ley de educación, NADA tiene que ver con la 10.903, de Patronato, son entidades totalmente distintas y con 35 años de diferencia!

La 10.903 trata de la patria potestad como conjunto de derechos y OBLIGACIONES (es la innovación de la época), la creación de asilos y “reformatorios” y la últimamente tan cuestionada y por ello derogada intromisión del Estado como “protector” (por ello se llama “de Patronato”) que luego concluyó en el avasallamiento de los derechos de padres y niños/as y jóvenes.

Y para terminar, reléase Ud., extraigo un párrafo de los iniciales de su artículo:

-“Al no trabajar, estos chicos no hacen aportes a la seguridad social. Tampoco generan riqueza. Al no estudiar, es probable que tampoco puedan hacerlo algún día. Estos jóvenes tienen entre 14 y 20 años.”-(¿?).

Y parte del final:

-“La integración solo puede darse desde el trabajo genuino”-.(¿?)

Los errores tan gruesos en gente que comunica públicamente deben ser, por respeto, seriamente señalados, asumidos y subsanados o corregidos.

Si Ud. quiere temer, como dice al principio, tema, es su derecho. Yo seguramente continuaré leyendo sus notas y ojalá esto sirva a los que lo leen, como yo, y podamos aprender algo. Ese sería el objetivo, no serle útil sólo al que escribe…

Aclaré en mi comentario inicial que no discuto (en este caso) conceptos o disquisiciones ideológicas, como con las que Ud. me responde.
Un saludo.

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jorge alvarez
07 04, 2009
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Estimada Norma, agradezco la preserverancia en la lectura de mis articulos. Agradezco la atención y me siento honrado, pero temo que la perseverancia se transforme en obsesión para encontrar errores donde nos los hay.

En ningún parrafo del articulo señalo que los menores de 18 años deben trabajar. Por ende, no comprendo la aclaración al respecto de la Convención Internacional. Solo tomo el recorte que hizo el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.

Sobre las leyes que citas, no cambia el sentido del artículo que trata de delinear una linea divisoria.

La 1420 tenía consigo un ideario y un sentido sobre el caracter universal de la Educación (formar e instruir en forma igualitaria a todos los sectores sociales) de caracter homogeneo sobre el perfil del educando. Los que no cabían dentro de ella, los llamados niños problemas, esto es que no cumplian con ese modelo, fueron incorporados al sistema posteriormente, con la citada ley 10903, conocida como ley de patronato.

Más allá de las modificaciones que leyes posteriores, modificación de la Constitución inclusive, hicieran, sigue sin conformarse un paradigma integral sobre los jovenes hoy.

Y expreso con ello, la ausencia de un sentido integral como el que tenían aquellas dos leyes. Una era para los que formaban "parte del sistema", la otra para los que no. Hoy no tenemos más que parches, pero no una idea integradora.

Hoy las clases medias y las clases altas llevan sus hijos a escuelas privadas y los pobres siguen siendo los beneficiarios de la ley 1420, pero eso no les asegura salir de la pobreza.

¿Quién habla en nombre de los chicos victima de la pobreza? ¿Quién se ocupa de construir un relato político que no los señale como niños problemas?

La aparición de un lenguaje que hable de niños como sujetos de derechos, ha sido un avance enorme.

Pero, la enorme diversidad de situaciones sociales, emocionales, actitudinales, no pueden ser solucionadas solo con leyes que declamen derechos (que son necesarias), sino que requieren de un relato político integral que les de un sentido a sus vidas y un sentido a las instituciones que los han de formar, y que al formarlos no los excluya de antemano

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norma
05 04, 2009
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Sr. Alvarez: le solicito a Ud. en beneficio de sus lectores,aclare o rectifique lo que creo es una tergiversación (ignoro los motivos) de los datos que aporta en este artículo.Son datos fehacientes, no intento ingresar en un debate de conceptos o ideológico.

-Ley 1.420 (presidencia Roca): 1.884. (SIGLO XIX)
-Ley de Patronato (10.903-ley Agote): 1.919.(siglo XX). DEROGADA por la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes. AÑO 2.005.(siglo XXI)
-CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO: incorporada a nuestra constitución en 1.994.(Madre de las leyes posteriores)
Según ésta última, SE ES NIÑO HASTA LOS 18 AÑOS, no se debería trabajar antes de esa edad (entre otras cosas), por lo que brindar trabajo a un menor sería quebrantar la ley. No creo que desconozca que se está combatiendo el trabajo infantil, por más bien remunerado que esté.
un saludo.

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