ANSES AMPLÍA EL MONTO DEL SUBSIDIO DE CONTENCIÓN FAMILIAR

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En el marco del Decreto 655/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, la ANSES informa que el Subsidio de Contención Familiar o gastos por sepelio aumenta de 6 mil a 15 mil pesos, a su vez que amplía el universo total de personas que pueden solicitarlo: los fallecidos por COVID-19 en situación de vulnerabilidad, los titulares de una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y Prestaciones No Contributivas transferidas al organismo. 

Estas personas se suman a los jubilados, pensionados y beneficiarios de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, a quienes ya estaba destinado este reintegro. 

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Subsidio de contención familiar

Es un reintegro por gastos de sepelio, que se cobra luego del fallecimiento de un jubilado o pensionado de ANSES.

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A quiénes les corresponde

  • Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación.
  • Viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
  • Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
  • Familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad:
    • desocupados o desocupadas
    • trabajadores o trabajadoras informales
    • monotributistas de las categorías A y B
    • personal de casas particulares
    • titulares de la Asignación por Embarazo
    • madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes receptores de la AUH
    • madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad receptores de la AUH
  • Familiares directos de personas fallecidas que cobraban una Pensión por Adulto Mayor (PUAM).
  • Parientes de personas fallecidas que recibían prestaciones no contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17).
  • Parientes de personas fallecidas que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

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Requisitos

  • Los familiares de la persona fallecida deberán acreditar la titularidad de cualquiera de los beneficios previsionales descriptos o tenerlo en trámite con derecho otorgado. 
  • Presentar factura de gastos de sepelio o cremación.
  • No haber transcurrido más de un año desde el fallecimiento.

Documentación

En original y copia:

  • DNI de quien solicita el reintegro.
  • Partida de defunción de la persona fallecida.
  • Factura de la funeraria a nombre de la persona solicitante; o formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296.

Monto

  • El monto del subsidio es de $15.000 desde agosto de 2020.

Trámite 

Se hace por internet. 

  • Puede realizarse junto con el inicio del trámite de la pensión.
  • Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio o cremación, debe hacerlo antes de cumplirse un año del fallecimiento.