ANSES Y EL MINISTERIO DE CULTURA IMPLEMENTAN LAS «BECAS SOSTENER CULTURA II»

Anses - Sostener cultura
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En el marco de la Resolución 102/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANSES, el Ministerio de Cultura de la Nación y el Fondo Nacional de las Artes lanzan Becas Sostener Cultura II, una ayuda extraordinaria de hasta 30 mil pesos destinada a integrantes de la comunidad cultural y/o artística.

El objetivo de la medida es apoyar a quienes trabajan desarrollando sus actividades en el campo cultural y están transitando dificultades económicas, producto de la crisis sanitaria.

Sostener Cultura II

Becas extraordinarias para artistas, trabajadoras y trabajadores de la cultura.

Para inscribirte a las Becas Sostener Cultura II deberás registrarte en la nueva plataforma.

El Fondo Nacional de las Artes en conjunto con el Ministerio de Cultura de la Nación y la ANSES lanza de forma excepcional y extraordinaria las “Becas Sostener Cultura II”, una ayuda dirigida a integrantes de la comunidad artística y trabajadoras y trabajadores de la cultura con el objetivo primordial de acompañarlos en este momento especial que está atravesando el sector, uno de los más afectados por la pandemia del Covid 19.

Se trata de un hecho histórico que otorga cerca de 450 millones de pesos a artistas y trabajadoras y trabajadores de la cultura en un sentido amplio.

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Las becas están dirigidas a personas físicas, las cuales recibirán un monto de hasta treinta mil pesos ($ 30.000) a los efectos de dar respuesta a la coyuntura de emergencia que todas y todos estamos atravesando. Hay tiempo de solicitarla entre el 13 y 17 de julio de 2020

Anses - Sostener Cultura
https://fnartes.gob.ar/

Con el objetivo de agilizar el otorgamiento y hacer aún más transparente el proceso de adjudicación se firmó un convenio con ANSES. De esta forma, se garantiza que accedan a la beca aquellas y aquellos que más lo necesiten y más rápidamente.  

Las solicitudes para las becas Sostener Cultura II serán evaluadas por un jurado amplio y diverso compuesto por representantes de todos los sectores de la cultura y refrendadas por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes

Esta medida se inscribe dentro de las políticas que viene impulsando el Ministerio de Cultura como parte del desarrollo de una Cultura de la Solidaridad que invita a apoyar a los sectores más vulnerables de nuestra comunidad artística y cultural para que entre todas y todos podamos superar este momento. 

Para mayor información enviar un correo electrónico a: [email protected] 


PREGUNTAS FRECUENTES:


¿Quiénes pueden participar?

Trabajadores y trabajadoras de la cultura que sean argentinos/as y extranjeros/as que residan legalmente en el país desde hace más de tres años. Por ejemplo, artistas, artesanos/as, sonidistas, iluminadores/as, restauradores/as, camarógrafos/as, editores/as, bailarines/as, escritores/as, docentes o talleristas de disciplinas artísticas, etc.


¿Cuál es el objetivo de la convocatoria?

Apoyar a quienes trabajan desarrollando sus actividades en el campo cultural y que estén transitando dificultades económicas o hayan visto mermar su actividad, producto de la crisis sanitaria.


¿Cómo puedo aplicar?

La inscripción podrá realizarse exclusivamente en forma virtual a través de la página del Fondo Nacional de las Artes.


¿Cuándo estará abierta la inscripción?

El formulario de inscripción se podrá completar del 13 al 17 de julio (5 días hábiles).


¿Se debe adjuntar documentación adicional al formulario?

Sí, será obligatorio adjuntar:

  •  Número de Cuenta Bancaria Única (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) personal de quien se postule (requisito obligatorio). En caso de no contar con ninguno de los dos, deberá crear una cuenta propia (ver​ instructivo​ de Banco Nación).
  • Copia/foto de anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad. Los postulantes deberán residir legalmente en la República Argentina.

Opcional:

  • Carta respaldatoria membretada por una institución pública, privada, organismo gremial, asociación civil o bien firmada por una personalidad de la cultura que certifique que quien se postula desarrolla sus actividades en el sector cultural (su presentación se evaluará favorablemente).
  • Material que documente antecedentes y trayectoria en el campo cultural del/ de la postulante.
  • Documentación que dé cuenta de la situación de vulnerabilidad, merma de actividad laboral artística/cultural y discontinuidad de proyectos por razones económicas o financieras vinculadas a la emergencia sanitaria.


¿Puedo adjuntar la constancia de DNI en trámite en lugar del DNI?

No, se debe adjuntar una fotografía del anverso y reverso del DNI sin excepción.


¿Qué datos debe tener mi carta respaldatoria?

  • Nombre, DNI, provincia del postulante.
  • Nombre, DNI y cargo o función de la persona que respalde.
  • De pertenecer a una institución, sello o membrete de la misma.
  • Aval de antecedentes, trayectoria o formación en el campo cultural del/ de la postulante.


¿Quiénes pueden firmar la carta?

  • Institución que cuente con personería jurídica o gremial. Ejemplos: asociaciones civiles, mutuales, fundaciones, entidades sindicales del sector cultural.
  • Empresas privadas vinculadas al sector cultural. Ejemplos: productoras, editoriales,
  • Instituciones educativas con títulos habilitantes del sector cultural.
  • Cualquier artista, funcionario o personalidad de la cultura que pueda dar cuenta de los antecedentes del/ de la postulante.


¿La carta respaldatoria puede ser firmada por una entidad gremial?

Sí, cualquier entidad gremial vinculada al sector cultural puede firmar la carta respaldatoria.


¿Qué fecha debe tener mi carta respaldatoria?

La fecha debe ser posterior al 3 de julio de 2020.


¿Pueden hacerse presentaciones grupales?

No, la convocatoria está destinada sólo a postulaciones individuales.


¿Puede presentarse más de una postulación?

No, cada postulante podrá aplicar una sola vez.


¿Quiénes no pueden postularse a la beca?

  • Trabajadoras y trabajadores de la Administración Pública Nacional, provincial y municipal (con excepción de aquellas personas que presten servicio de forma eventual).
  • Quienes cobran el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
  • Titulares de los programas Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y Potenciar Trabajo.
  • Quienes actualmente perciban beneficios previsionales, así como pensiones por discapacidad, invalidez o pensiones no contributivas que superen el haber mínimo.
  • Personas cuyo salario actual supere la suma de dos salarios mínimos vitales y móviles.
  • Quienes durante el año 2019 hayan obtenido una beca del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (Creación, Formación y Circulación y Promoción, individual o grupal) o hayan sido premiados en cualquiera de sus concursos.
  • Personas que hayan incumplido con los compromisos adquiridos con algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (en los plazos estipulados según la reglamentación vigente).
  • Quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio o de agentes y funcionarios/as del organismo.


¿Debo detallar a qué se destinará el dinero?

No, el dinero es un apoyo en situación de emergencia. No deberá detallarse su destino ni realizarse una rendición posterior. 

¿Debo realizar una contraprestación?

Si, en un plazo no mayor a SEIS (6) meses a partir de la percepción de la segunda cuota de la beca.

¿En qué consiste la contraprestación?

Se deberá realizar una acción solidaria, vinculada con la disciplina u oficio del/de la beneficiaria, en una asociación de la sociedad civil, organización gremial o institución pública (escuelas, bibliotecas públicas, centros culturales, etc.).

¿Debo elegir yo la asociación en la que realizaré la contraprestación?

Sí.


¿Qué tipo de contraprestación puedo realizar si soy artista o artesano/a?

En caso de ser artista, artesano o artesana podés realizar alguna de las siguientes:

a) Una obra o presentación en formato digital relacionada con su disciplina o el registro de una presentación realizada en forma presencial. La misma deberá entregarse al Fondo Nacional de las Artes. (Ejemplos: Una pieza de videoarte, la foto en alta de una obra, la filmación de un recital en vivo, presentación a cámara de una obra de teatro.) En este caso se deberá brindar autorización para su difusión en los sitios y redes del Fondo Nacional de las Artes.

b) Un tutorial online o registro de un taller presencial gratuito brindado en una asociación de la sociedad civil, organización gremial o institución pública. (Ejemplo: Taller de pintura, taller online de telar, tutorial: ¿cómo teñir telas con productos naturales?). En este caso se deberá brindar autorización para su difusión en los sitios y redes del Fondo Nacional de las Artes.c) Una actividad o exhibición vinculada a la disciplina en que se desempeña, en alguna organización de la sociedad civil. (Ejemplos: Un show de circo en un club de barrio, una muestra de arte en un centro para la tercera edad).

¿Qué tipo de contraprestación puedo realizar si soy técnico/a?

Se trata de generar una instancia de transferencia de saberes en tu disciplina u oficio. Acá te dejamos algunas opciones.

a) Brindar asesoramiento técnico a alguna organización de la sociedad civil. (Ejemplos: Asesorar a la Municipalidad en la iluminación de sus muestras de arte.)

b) Un tutorial online o registro de un taller presencial gratuito brindado en una asociación de la sociedad civil, organización gremial o institución pública. (Ejemplos: Tutorial: ¿Cómo diseñar la iluminación de una obra de teatro?, ayudar con el diseño de vestuario de la obra de fin de año de una escuela.).


¿Cómo certifico mi contraprestación?

Para dar cuenta de la contraprestación realizada, alcanza con entregar un informe en formato digital que incluya algún tipo de registro fotográfico y audiovisual del trabajo realizado.


¿Cómo se eligen a las y los beneficiarias/os?

La selección estará a cargo de un JURADO tripartito compuesto por el Directorio del FNA, representantes del MCN y referentes de la cultura de diversas disciplinas. El mismo tendrá la tarea de evaluar los antecedentes y tomará en cuenta la situación de vulnerabilidad frente a los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio producto de la emergencia sanitaria (Decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional).

El Jurado expresará su decisión mediante un Acta con el listado de beneficiarios, que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consolidación y aprobación final.


Quienes ganaron becas del FNA en años anteriores, ¿se pueden presentar?

No podrán postularse las personas que durante el año 2019 hayan obtenido una Beca o ganado un Concurso del FNA.


¿Cómo me entero del resultado de la convocatoria?

El listado de las personas seleccionadas será publicado en la página del Fondo Nacional de las Artes (www.fnartes.gob.ar​).


¿Cómo se hace efectivo el pago?

Las y los beneficiarios que cumplan con todos los requisitos establecidos, recibirán el importe mediante una transferencia bancaria al CBU o CVU personal declarado en el formulario de inscripción. No se realizarán transferencias a cuentas de terceros. Cada beneficiario/a recibirá un estipendio de HASTA PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-), que se abonará en DOS (2) pagos iguales.


¿Puedo renunciar en caso de ser seleccionado/a?

En caso de RENUNCIA deberá comunicarse en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles a partir de la publicación al correo electrónico [email protected] con el asunto “Renuncia Beca extraordinaria Sostener Cultura II”.

Soy docente de materias vinculadas a la educación artística (música, dibujo, cerámica, danza, teatro, etc.) en un establecimiento público. ¿Puedo participar?

Sí, podes participar en la medida que tus ingresos no sean superiores a dos salarios mínimos.