Curto: “Las clausuras definitivas se dan cuando el comercio es reincidente y de este caso en particular yo no tengo sentencia de clausura”

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A raíz del hecho que aconteció el pasado 31 de julio y ha tomado estado público sobre la joven de 16 años que concurrió a un pub y no recuerda que pasó durante tres horas, luego de aparecer cerca de las 9 de la mañana en su casa con moretones y escoriaciones, también surgió la problemática de los menores y el consumo de alcohol en los boliches.

En este sentido, la doctora María Magdalena Curto Jueza de Faltas de nuestra ciudad explicó: “Nosotros recibimos copias de las actuaciones y estamos  trabajando en el tema.  Quiero ser clara ya lo hemos explicado varias a veces pero parece que no se entiende. A nosotros se nos atribuyen competencias que no tenemos;  tal vez por la forma de trabajar; pero lo cierto es, que tenemos hechas actuaciones de oficio  en ese comercio y en otros.  El  tema de los menores es de orden público y como estado no podemos estar ausentes;  pero sobre la venta de alcohol y menores en boliche interviene el Juzgado de Paz”.

Y continuó: “Lo que sí quiero alertar y aunque parezca fantaseoso,  es que en Saladillo tuvimos dos casos similares. En este  caso que no escuche ni al padre ni a la víctima pero vi las actuaciones y todos coincidimos en que hubo un espacio de tiempo sin conciencia y tuvimos otro caso, en donde la víctima tuvo conductas graves de las cuales no recuerda y el grado de alcohol en sangre no indicó que pudiera perder la razonabilidad. Entonces, me parece que acá los padres debemos abrir los ojos porque no sea cosas que ande circulando una sustancia tóxica que cuando entra en contacto con el cuerpo la persona pueda ser manipulada”.

 

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“Por otro lado, quiero decir que estamos actuando pero no puedo dar detalles de las actuaciones; solo decir que sobre la venta de alcohol a menores interviene el Juzgado de Paz, mientras que sobre las infracciones u otras faltas actúo yo”.

“Nosotros no hacemos clausuras preventivas ese ejercicio lo tienen la Policía e Inspectores. Nosotros confirmamos o no esa clausura que puede ser apelada en una sentencia y que de hecho pasa siempre.  Las clausuras definitivas se dan cuando el comercio es reincidente y de este caso en particular yo no tengo sentencia de clausura, recién se inició una denuncia la semana pasada y nos enteramos por copia porque ni siquiera la vinieron a hacer acá. A partir de ahí yo tengo que seguir todo un procedimiento”.