“Este proyecto no busca recaudar, sino hacer que la gente cumpla ya que es algo que nos cuesta mucho”, explicó Artigas

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La Dra. Yamila Artigas, responsable de la Subsecretaría de Legales y Técnica, explicó en diálogo con ABC Saladillo de qué trata el nuevo régimen sancionatorio excepcional en emergencia sanitaria, el cual elevó el Municipio al Concejo Deliberante y se aprobaría el viernes para entrar en vigencia el fin de semana.

Según detalló Artigas, la persona humana o jurídica (comercios) que incumpla a los actos administrativos –es decir, decretos- municipales, pueden ser sancionados por el Juzgado de Faltas dependiendo del grado de responsabilidad, con entre 20 y 1000 módulos a valor de $109 cada uno, es decir: con entre $2180 y $109.000.

Esta disposición aceleraría el proceso de notificación o intimación al infractor, ya que las violaciones a los decretos nacionales constituyen un delito federal y absorben competencia las fiscalías federales (la de Saladillo es en Azul). A continuación, la nota completa con Artigas:

-¿De qué se trata este régimen sancionatorio excepcional?

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Se viene analizando desde hace un tiempo la posibilidad de crear un marco normativo local para poder infraccionar a aquellas personas que incumplan con alguna de las disposiciones a nivel municipal.

Esto habla del régimen sancionatorio excepcional del Coronavirus: todas aquellas personas que incumplan actos administrativos municipales, que se hayan dictado en la medida de la emergencia, pueden ser pasibles de este tipo de sanciones. De 20 a 1000 módulos de $109 cada uno dependiendo de la responsabilidad.

Nos cuesta mucho hacer cumplir cuestiones con las que venimos machacando, dicho burdamente, en los medios de comunicación y las redes. Nos cuesta demasiado el acatamiento. La idea de la normativa a nivel local hace que la persona que tuvo un acta de infracción va a ser rápidamente notificado y tendrá que ir a una audiencia de descargo, un proceso más rápido. Este proyecto no busca recaudar, sino hacer que la gente cumpla; y como nos cuesta mucho, y en generalidad tendemos a incumplir porque somos un poco hijos del rigor, eso es lo que viene hacer el proyecto. Que quede claro que no es recaudatorio, no nos queda otra opción que plantearlo de esta manera para que no lo hagan.

Quiero rescatar el trabajo de Lorena Zanardi, que fue la que comenzó con el bosquejo del proyecto y después entre todos fuimos puliéndolo y perfeccionándolo. Es muy importante tener el apoyo de la Jueza de Faltas, que es ni más ni menos que el órgano de juzgamiento. Luego de que el acta se labre, se pasa al Juzgado de Faltas y es ahí donde van a determinar la multa, tomar la audiencia del descargo y llevar a cabo el procedimiento contravencional.

-¿Cuál es la diferencia con las infracciones por desobediencia al artículo 205 del Código Penal?

Esta iniciativa lo que juzga es el incumplimiento a un acto administrativo municipal, es a nivel local; diferente al incumplimiento o el no acatamiento a un Decreto de Necesidad y Urgencia emitido por el Departamento Ejecutivo Nacional.

Las violaciones a los decretos dictados por el gobierno nacional constituyen un delito federal, y allí absorben competencia las fiscalías federales (la de Saladillo es en Azul). El procedimiento lleva su tiempo, las personas infraccionadas todavía no han recibido ningún tipo de intimación. Lo que queríamos a nivel municipal es tener una normativa contravencional, no penal, que tenga que ver con el Covid.

En lo cotidiano, ¿cuáles serían las faltas que hoy se podrían llegar a infringir a nivel municipal?

En el proyecto de ordenanza que se eleva no especificamos puntualmente los decretos, sino que hablamos de manera genérica los que se dictaron a partir del 297, que es la medida de aislamiento del gobierno nacional, y los que se dicten en lo sucesivo, siempre que estén en el marco de la medida sanitaria por Coronavirus.

Uno de los decretos que se dictaron a nivel municipal es sobre la obligatoriedad del barbijo, otro es sobre los horarios en los locales de expendio de bebidas y comidas; los protocolos que en general configuran recomendaciones, y a veces nos cuesta mucho que se vuelvan exigibles; las reuniones familiares y sociales…

-Te iba a consultar por las reuniones, justamente

Las reuniones familiares y sociales tienen un decreto nacional que hoy la prohíbe. Ya desde la semana anterior no podíamos hacerlas, cuando pasamos a fase 4. Hoy el escenario para Saladillo es idéntico, pero el gobierno nacional prohibió las reuniones en todos Municipios en los que regía el distanciamiento social, preventivo y obligatorio (fase 5). Así que si bien no cambió en Saladillo, esto tiene que ver con que creen que es uno de los focos de contagio más grandes.

Las reuniones en las casas son imposibles de controlar. Hemos tenido conocimiento de que han efectuado denuncias, la policía se dirige al domicilio y apagan las luces. El ingreso a la vivienda no es factible, porque es una propiedad privada y tiene que haber orden de allanamiento. Es complejo el control, imposible. No sabemos si allí están con barbijo, si son 4 o son 10… entendemos que por ese fundamento se han prohibido a nivel general.

-¿Quiénes van a ser los encargados de labrar las infracciones?

Va a ser la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, a través de la Dirección de Seguridad Vial y Defensa Civil –Tránsito-  y también Policía.

-¿Las infracciones pueden realizarse hacia una persona y también a un comercio, o sólo a una persona?

Es independiente que sea una persona humana o persona jurídica. En uno de los articulados habla de la responsabilidad de cada uno. Vamos a ejemplificar con una fiesta: si se puede identificar el grado de responsabilidad de las personas, es decir; esta organizó, esta es invitada, esta persona invitada era un sospechoso que tenía que estar aislado… hay cuestiones que son agravantes o atenuantes en cada caso. Si no se llega a determinar el grado de responsabilidad de cada uno, son todos solidariamente responsables. También habla de las reincidencias y se va a contemplar en una multa mayor.

-¿Cómo sigue ahora el transcurso legal para que comience a regir esta medida?

El proyecto de ordenanza se está elevando con un decreto que convoca al Concejo Deliberante a una sesión extraordinaria, la idea es poder contar con esta normativa cuanto antes para poder ser aplicable a partir del fin de semana. Entendemos, por lo que estuvimos hablando con los presidentes del bloque y del Honorable Concejo Deliberante, que la sesión se estaría realizando el viernes; el mismo viernes sería promulgada y ya entraría en vigencia.

Aprovecho el espacio para rescatar el trabajo de manera en conjunta que se llevó a cabo a través de diferentes reuniones que dispuso José Luis con los presidentes de ambos bloques de concejales, la Secretaria de Gobierno Viviana Rodríguez que trabajó mucho con la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, Gonzalo Gallego; también tuvimos reuniones con la Comisaría Distrital para poder cooperar y que ellos estén al tanto del proyecto, si existía la posibilidad de que ellos realicen el labrado de actas. Obviamente, a partir de esa reunión que tuvo la Secretaria con la Jueza de Faltas, comenzar con la redacción del proyecto para llegar a lo que se dio hoy.