Nuevas medidas adoptadas en el marco del Covid-19 para Saladillo

Foto ilustrativa
- Publicidad -

Hace instantes, el Municipio emitió el comunicado con las medidas dispuestas a partir esta medianoche: entre las medidas más resonantes, se destaca la prohibición de circulación entre las 18:00 y las 6:00, las reuniones sociales y familiares en espacios públicos y/o en domicilios privados, y las actividades religiosas y deportivas colectivas.

NUEVAS MEDIDAS ADOPTADAS EN EL MARCO DEL COVID-19 PARA EL PARTIDO DE SALADILLO

A partir de la hora 00:00 del día sábado 22 de mayo del corriente, comenzarán a regir las nuevas medidas dispuestas en el marco de la reunión mantenida por el Comité de Emergencia Sanitaria y en razón de las restricciones establecidas por el Gobierno Nacional y Provincial.

A continuación se detallan las medidas que regirán por el lapso de 9 días, desde el 22/05/2021 y hasta el día 30/05/2021 inclusive.

- Publicidad -

• Se prohíbe el desarrollo de reuniones sociales y familiares, ya sea en espacios públicos y/o en domicilios privados.

• Se prohíbe la circulación por vía pública en el horario entre la hora 18:00 y la hora 06:00 del día siguiente, excepto personas especialmente autorizadas. Se recomienda circular solo en caso de necesidad y por las cercanías del domicilio, a fin de lograr bajar de manera significativa la circulación de personas en vía pública.

• La actividad comercial en general podrá funcionar hasta la hora 18:00 como máximo. A partir de esa hora, la actividad comercial gastronómica –bares, restaurantes, heladerías, cervecerías, etc.- podrán funcionar, solamente bajo la modalidad delivery y/o con retiro en el local, hasta la hora 23:00.

• Se suspende el desarrollo de actividades deportivas colectivas de contacto.

• Quedan suspendidas las actividades religiosas en forma presencial.

• Las farmacias y centros de salud podrán continuar con su actividad sin restricción horaria.

• En lo concerniente al funcionamiento de los Jardines Maternales Municipales, talleres municipales, Centros de Asistencia Integral (C.A.I.), Escuelas Deportivas Municipales, escuelas de idiomas privadas y apoyo escolar, los mismos quedarán sujetos a lo que disponga la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia para el desarrollo de las clases del Sistema Educativo formal.

• Las agencias de remises deberán confeccionar un registro de las personas que trasladen en la franja comprendida desde la hora 18:00 y hasta la hora 06:00 del día siguiente, donde deberá constar nombre y apellido de los pasajeros, número de D.N.I., motivo del traslado y domicilio a donde se dirige, lo cual debe estar enmarcado solo en lo esencial.

Las personas que se encuadren en rubros esenciales deberán gestionar el permiso para circular a través de la aplicación “CUIDAR”.