El Bloque de Concejales pidió Sesión Extraordinaria para tratar “Tarifazo” eléctrico y rechazo a la negociación planteada para con los fondos Buitres

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15 de Marzo de 2016,-

SR. PRESIDENTE DEL HCD

DR. ALEJANDRO ARMENDÁRIZ
De nuestra consideración:

Los abajo firmantes, Concejales del Bloque del FPV, solicitamos convoque al honorable Cuerpo, a SESIÓN EXTRAORDINARIA conforme lo determinado por el artículo 68º, inciso 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y el artículo 12º, inciso 1) del Reglamento Interno.

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Motiva el carácter de la misma el tratamiento de los proyectos presentados por el Bloque de Concejales del FPV y del Bloque de Concejales de CAMBIEMOS sobre el nuevo cuadro Tarifario impuesto por el Gobierno Nacional desde el mes de febrero de 2016, el cual establece aumentos desmedidos, arbitrarios e ilegales en las facturas de luz y procediendo además a la quita y recortes de subsidios en el suministro eléctrico, lo cual impactará fuertemente en la economía de toda nuestra comunidad.

Por todo lo expuesto solicitamos incluir en el orden del día los siguientes temas:

Expediente 33/2016 Proyecto de Resolución presentado por el bloque del frente para la victoria para respaldar la acción de amparo.

Expediente 33/2016 Proyecto de Resolución presentado por el Bloque del Frente para la Victoria. De repudio por el aumento de las tarifas y la quita de los subsidios.

Expediente 35/2016 Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque del Frente para la Victoria. De repudio por el aumento de las tarifas y la quita de los subsidios.

Expediente 28/2016 Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Cambiemos donde solicita que se contemple la posibilidad der rever la resolución 22/2016 sobre incremento de la tarifas eléctricas.

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Saladillo, 8 de Marzo de 2016.-

 

Proyecto de comunicación

 

Visto que el Gobierno Nacional desde el mes de febrero de 2016 determino un nuevo cuadro tarifario que establece aumentos desmedidos, arbitrarios, e ilegales  en las facturas  de luz, y además procedió a la quita y recorte de subsidios en el suministro eléctrico.

Y   considerando:

Que, es necesario que antes de proceder al ajuste, “Tarifazo“, y quita de subsidios el Gobierno Nacional convoque previamente a Audiencias Públicas;

Que, el Artículo 42 de la Constitución Nacional dice que en las relaciones de consumo, los consumidores tienen derecho a una información adecuada y veraz. Situación que no se dio en el caso que nos ocupa por lo que resulta el aumento de tarifas inconstitucional;

Que, la audiencia pública es el mecanismo de información correcto  para formar consenso de la opinión pública respecto de la legalidad y conveniencia de las acciones que pueda tomar el estado antes de comprometerse formalmente a implementar una medida en relación a los consumidores;

Que, el “tarifazo” se dio de manera inconsulta, violándose la normativa constitucional vigente a nivel Nacional y Provincial por lo que resulta ilegal, ilegitimo e inequitativo;

Que, la justicia se ha expedido en casos similares entendiendo que el mecanismo adecuado para obtener la información es el de Audiencia Pública;

 

Que, conforme estipulaciones contractuales de los contratos de concesión es obligatorio llevar a cabo “la Revisión Tarifaria Integral” para saber el costo real de la energía eléctrica, al igual que en el servicio de gas natural. Circunstancia que no se cumplió;

Que, el Gobierno Nacional decide aumentar la tarifa del servicio eléctrico para luego invertir en obras, siendo que la situación debería ser a la inversa;

Que, el Gobierno de la provincia de Bs.As. por resolución N°22/2016 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos el día 26/02/16 publicó en el Boletín Oficial el incremento de tarifas para el sector eléctrico con aumentos promedio del 140% en general;

Que, en la provincia de Bs.As., los aumentos serán de un 130% para usuarios residenciales, 115% para comercios, oficinas e industrias, y de un 215% para grandes industrias;

Que, el aumento varía de acuerdo a la categoría de usuarios sin considerar Plan Estimulo y la Tarifa Social es poco clara en su aplicación, ya que no procede de manera automática;

Que, el ajuste en las tarifas tendrá distintos alcances, no sólo por las categorías de usuarios, sino también por las distintas regiones geográficas a las que se aplica;

Que, el OCEBA (Organismo de Control de Energía Eléctrica de la pcia. de Bs.As) realizó los cálculos mediante resolución N°35/16 del 24/02/16 que es firmada por el ministro de Infraestructura y Servicios Públicos, Edgardo Cenón, enmarcándose en la “Declaración de Emergencia” del sector eléctrico dispuesta por el Ministerio de Energía de la Nación hasta el año 2017;

 

 

Que, el nuevo cuadro tarifario se aplica a cooperativas y empresas que actúan en territorio de la pcia. de Bs.As. como EDES, EDELAP, EDEA , EDEN, entre otras;

Que, en relación a las empresas y cooperativas prestadoras del servicio energético existen innumerables reclamos y denuncias por servicios deficitarios que prestan a los ciudadanos;

Que, la publicación del nuevo cuadro de tarifas, y su difusión ha provocado polémica y descontento entre consumidores del servicio y empresas distribuidoras del mismo;

Que, por la suba desmedida y arbitraria en la tarifa del servicio eléctrico los comerciantes aseguran que los productos aumentarán su precio, sobre todo aquellos que necesitan de heladeras para su conservación;

Que, las distintas medidas económicas que el Gobierno Nacional ha implementado hace que el aumento en la tarifa difícilmente pueda ser afrontado por el asalariado ya que este deberá cumplir además  con otros aumentos desmedidos en tarifas de gas natural, agua corriente, tasas, alumbrado público y servicios generales, etc.;

Que, en nuestro Municipio, hay vecinos que no tienen el servicio de agua corriente y por lo tanto dependen de bombas eléctricas para el suministro de agua. Del mismo modo hay barrios que no cuentan con el servicio de gas natural y se acondicionan con electricidad en los meses más fríos;

Que, intendentes de la Pcia. Bs.As. exigen al Ministro de Energía que llame a Audiencia Pública para explicar los aumentos desmedidos en las tarifas de luz y su formulación;

Que, es alarmante el impacto que va a tener el aumento de tarifas en nuestro bolsillo, y en la economía de las Pymes e industrias de los distintos municipios en la Pcia. de Bs.As;

Que, el Gobierno Nacional no tiene en cuenta las políticas públicas que benefician a nuestros jubilados, titulares de programas sociales, vecinos de escasos recursos. Queda claro que las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional y Provincial excluyen a los sectores de más bajos recursos que hasta la fecha contaban con subsidios;

Que, es necesario hacer respetar la Constitución Nacional y Provincial y los derechos de los usuarios, comerciantes e  industriales entre otros;

 

Por todo ello, el Bloque del Frente para la Victoria eleva para su tratamiento el siguiente;

Proyecto de comunicación

 

Artículo 1°: Solicítese al Intendente Municipal de Saladillo adhiera al repudio Público sobre el aumento de la tarifa eléctrica.

Artículo 4°: De forma;-

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Proyecto de Resolución

 

VISTO  que por Resolución N° 6 dictada el  25 de enero de 2016, por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, la cual determina el aumento de la tarifa eléctrica de manera inconsulta a los usuarios afectados por dicha medida,  incumpliendo de esta manera lo establecido en el marco regulatorio eléctrico , y sin fundamento serio alguno

Y   considerando:

Que, es necesario que antes de proceder al ajuste de tarifas de eléctricas, el Gobierno Nacional convoque previamente a Audiencias Públicas, de acuerdo a los arts. 46 y 48 de la Ley nacional N° 24065 (Régimen de Energía Eléctrica);

Que, la audiencia pública es el mecanismo de información correcto  para formar consenso de la opinión pública respecto de la legalidad y conveniencia de las acciones que pueda tomar el estado antes de comprometerse formalmente a implementar una medida en relación a los consumidores;

Que, el Artículo 42 de la Constitución Nacional dice que en las relaciones de consumo, los consumidores tienen derecho a una información adecuada y veraz. Situación que no se dio en el caso que nos ocupa por lo que resulta el aumento de tarifas inconstitucional;

Que, el aumento tarifario se dio de manera inconsulta, violándose la normativa constitucional vigente a nivel Nacional y Provincial por lo que resulta ilegal, ilegitimo e inequitativo;

Que, la justicia se ha expedido en casos similares entendiendo que el mecanismo adecuado para obtener la información es el de Audiencia Pública;

Que, el Gobierno de la provincia de Bs.As. por resolución N°22/2016 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos el día 26/02/16 publicó en el Boletín Oficial el incremento de tarifas para el sector eléctrico con aumentos promedio del 140% en general;

Que, el Bloque de Concejales ha presentado un Proyecto de Resolución que rechaza el aumento tarifario por considerarlo fuera de lo pautado en el marco regulatorio respecto a los mecanismos que determinan los aumentos tarifarios, y por dañar la capacidad de consumo de los distintos usuarios;

Que, el nuevo cuadro tarifario se aplica a cooperativas y empresas que actúan en territorio de la pcia. de Bs.As. como EDES, EDELAP, EDEA , EDEN, entre otras;

Que, intendentes y concejales de distintos partidos de la Pcia. Bs.As. exigen al Ministro de Energía que llame a Audiencia Pública para explicar los aumentos desmedidos en las tarifas de luz y su formulación;

Que, legisladores de la Pcia. de Buenos Aires han presentado una acción de amparo en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Energía y Minería) y el Ente Nacional Regulatorio de la Electricidad (E.N.R.E.)

Que, la acción se inicia en los términos del art. 43 de la CN, en función de los artículos 42 CN, Ley 16.986, Pacto de San José de Costa Rica (art. 23.1), Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 21.1), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 25), Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (arts. XIX y XX) y Decreto 1172/2003, con el propósito de que la justicia  tenga a bien dictar la prohibición de no innovar tal como lo prevé el artículo 230 del CPCC  y la nulidad de las resoluciones 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y Resolución 1/2016 del E.N.R.E.;

 

Que, un grupo de Diputados del Frente Para la Victoria declara adherir y acompañar la acción de Amparo impulsada por los legisladores bonaerenses del Frente para la Victoria y a la campaña de recolección de un millón de firmas contra el aumento de las tarifas eléctricas en la Pcia de Buenos Aires. Acompañan además, intendentes, legisladores Nacionales y Provinciales, la CGT y Cámaras Empresariales, Federaciones de Comercio y Fuerzas Vivas de fecha 23 de febrero de 2016. Instando además a que los gobernadores Provinciales, Diputados Provinciales y Nacionales, Intendentes; Concejales que no hayan adherido, acompañen las acciones y la campaña de recolección de firmas mencionada.

Que, es necesario hacer respetar la Constitución Nacional y Provincial y los derechos de los usuarios, comerciantes e  industriales entre otros;

Por ello, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Art.1° – Respaldar la acción de amparo impulsada por los legisladores de provincia de Buenos Aires contra el aumento de la tarifa eléctrica.

Art. 2° – Adherir a la recolección de  un millón de firmas, impulsada por los legisladores del Frente para la Victoria de fecha 23 de febrero de 2016, para someter a iniciativa popular el incremento de tarifas eléctricas.

Art. 3° – De forma.-