Se aprobó la Ordenanza que adhiere a las leyes de Régimen Tarifario específico para entidades de Bien Público

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Según esta ordenanza el Departamento Ejecutivo junto con la Autoridad de Aplicación dictará la norma reglamentaria pertinente. Asimismo, conforme al Artículo 3° de la Ley 14.906 se suscribirán los convenios necesarios para la colaboración y coordinación en la implementación del Régimen Tarifario Especifico.

Deberá crearse el Registro y actualización de las Entidades de Bien Público, a los fines de la implementación de ésta Ordenanza.

Este Proyecto como se anunciara oportunamente, fue presentado por el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana.

Al respecto, la concejal María Mancini se refirió en el reciento a la importancia de la norma en tanto tiene como objetivo la generación de una tarifa especial para todos los servicios públicos destinada a aquellas personas jurídicas que no persiguen fines de lucro y tienen por principal objeto el bien común, considerando que estas entidades tienen un rol social por lo que se deben propiciar todas las medidas tendientes a fortalecerlas y garantizar su continuidad.

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Dentro de los servicios públicos esenciales se contempla al de agua potable, desagües cloacales, electricidad, gas natural y telefonía.

Las características generales del régimen son los topes en la facturación, los costos de conexión y/o reconexión a cargo de los prestadores, prohibición del traslado del costo al conjunto de los usuarios, y garantiza la calidad y condiciones del servicio

La autoridad de aplicación deberá reglamentar la presente Ordenanza en el término de 30 días.