Coronavirus: Nuevas medidas en Saladillo con vigencia desde el 25/11/20 hasta el 01/12/2020

Foto ilustrativa
- Publicidad -

Saladillo continúa mejorando su situación en el marco de la pandemia.

Nuevas medidas con vigencia desde el 25/11/20 hasta el 01/12/2020.

Desde el Municipio de Saladillo se informa que continuamos con las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio de acuerdo a lo dispuesto por el Gobierno Nacional y la Normativa Provincial emitida hasta el día de la fecha.

De acuerdo a la favorable situación epidemiológica que atraviesa el Partido de Saladillo, se habilitan nuevos rubros, se amplían horarios y se flexibilizan modalidades, siempre bajo el cumplimiento de protocolos sanitarios y de funcionamiento.

- Publicidad -

A continuación se detallan las nuevas autorizaciones:

En el ámbito DEPORTIVO:

•             Se autoriza la utilización de los espacios de esparcimiento de los clubes.

•             Se autorizan los entrenamientos deportivos en espacios públicos hasta 11 personas incluido el profesor.

•             Se amplía la capacidad de los centros de entrenamiento para que puedan funcionar con la cantidad de personas que la superficie de su lugar les permita, teniendo en consideración que cada persona debe contar con 16 m² para el desarrollo de la actividad.

•             Se amplía el horario de cierre de los locales comerciales dedicados al funcionamiento de canchas de fútbol y de pádel, el que se dispone hasta la hora 24:00.

En el ámbito CULTURAL:

•             Se reanuda el funcionamiento de los talleres de CEMIASA, Casita de la Vía, Hogar “Jesús María” y Prácticas Productivas, respetando el protocolo correspondiente el que se encuentra a disposición en la Subsecretaría de Cultura, Educación, Derechos Humanos y Juventudes.

•             Se confeccionará un protocolo sanitario y de funcionamiento para que artistas plásticos y emprendedores puedan brindar mostrar y/o comercializar sus productos en el Parque República de Brasil, en los días y horarios en los que se encuentra permitido el funcionamiento los foods trucks.

En el ámbito COMERCIAL:

•             Se extiende el horario de los comercios dedicados al expendio de comidas y bebidas en locales gastronómicos y de los locales con rubro kiosco, los cuales podrán funcionar con horario límite hasta la hora 03:00.

•             El resto de los locales comerciales podrán funcionar en el horario que lo hacían pre pandemia, siempre cumpliendo los protocolos sanitarios y de funcionamiento oportunamente informado.

PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA:

Se prohíbe la circulación de personas por la vía pública en la franja horaria desde la hora 03:00 hasta las 7:00 horas, salvo que se encuentren exceptuados en razón de la labor que desarrollan y/o alguna situación contemplada por la normativa vigente en el marco de la emergencia sanitaria dada por el covid-19.

Se notificará a las agencias de remises que deberán confeccionar un registro de las personas que trasladen en la franja comprendida entre la hora 03:00 y las 07:00 de la mañana, donde deberá constar nombre y apellido de los pasajeros, número de D.N.I., motivo del traslado y domicilio a donde se dirige. Lo cual debe estar enmarcado solo en lo esencial.

UTILIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS:

Se autoriza la utilización de las plazas, parques y demás espacios públicos para esparcimiento y permanencia con límite horario hasta la hora 21:00, siempre respetando las reglas de prevención del covid-19, distanciamiento interpersonal, utilización de barbijo e higiene de manos.