El Subcomisario Castillo aseguró que «quien no cumpla con la cuarentena va a ser penado con una prisión de seis meses a dos años»

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El Subcomisario Máximo Castillo informó las novedades policiales
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Esta mañana, el Subcomisario encargado de la dependencia de Saladillo, Máximo Castillo, comunicó las directivas que le han llegado a la Comisaría a propósito de la Emergencia Preventiva Sanitaria que atraviesa la región, por el Coronavirus COVID-19. «Que las medidas no las tomen como mínimas, que tomen todos los recaudos necesarios que consideren, que no tengan miedo pero sí que estén prevenidos«, aconsejó Castillo.

«Recibimos varias directivas conforme a cómo debe actuar el personal policial, sobre precauciones, las medidas que deben tomarse en caso de resultados positivos o de sospecha«, expresó Castillo, quien además agregó: «En este mismo momento, se están gestionando unas directivas con el Municipio que ya se van a comunicar, sobre ordenanzas municipales que regulan la situación«.

Luego, Castillo comunicó de forma tajante que «quien no cumpla con la cuarentena va a ser penado con una prisión de seis meses a dos años, según el artículo 205 del Código Penal«. Cabe destacar que, según el Decreto de Necesidad y Urgencia emitido por la Presidencia de la Nación, las siguientes personas son las que deben cumplir la cuarentena:

a) «Quienes revistan la condición de ‘casos sospechosos’. A los fines del presente Decreto, se considera «caso sospechoso» a la persona que presenta fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje a ‘zonas afectadas’ o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19. La definición podrá ser actualizada por la autoridad sanitaria, en función de la evolución epidemiológica».

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b) «Quienes posean confirmación médica de haber contraído Covid-19».

c) «Los ‘contactos estrechos’ de las personas comprendidas en los apartados a y b precedentes en los términos en que lo establece la autoridad de aplicación».

d) «Quienes arriben al país habiendo transitado por ‘zonas afectadas’. Estas personas deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción. No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria».

e) «Quienes hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por ‘zonas afectadas’.