Anses: cómo gestionar los $15.000 de subsidio por sepelio ante una muerte por coronavirus

Anses: cómo gestionar los $15.000 de subsidio ante una muerte por coronavirus
Anses: cómo gestionar los $15.000 de subsidio ante una muerte por coronavirus
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El Gobierno amplió el alcance del reintegro por gastos de sepelio, que antes de agosto solo cobraba tras el fallecimiento de un jubilado o pensionado.

En el marco de la emergencia sanitaria y la crisis económica generada por la pandemia, el Gobierno nacional decidió a comienzos de agosto extender el subsidio de contención familiar para los familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa de Covid-19. La norma, creada en 2006, establece así una ayuda de $15.000 para los gastos de sepelio.

Quiénes pueden acceder al subsidio por sepelio

Según el decreto 655/2020 publicado en el Boletín Oficial, podrán solicitarlo los familiares de las personas fallecidas por Covid-19 a partir del 9 de agosto de 2020 y que, al momento de su muerte, se encontraban:

  • Desocupadas.
  • Se desempeñaban en la economía informal.
  • Estaban inscritas en las categorías A y B del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

También comprende a:

  • Familiares de los fallecidos que se encontraban inscritos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
  • Eran trabajadores de Casas Particulares.
  • Titulares de la Asignación por Embarazo.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo.
  • Niños, adolescentes y personas mayores de edad con discapacidad.

“El Gobierno ha decidido acompañar a quienes más lo necesitan en un momento muy difícil. Y es por eso que se actualizó a $15.000 mil el subsidio de contención familiar para gastos de sepelio.

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El aumento de un 150% del beneficio para las familias que pasan este triste momento es un derecho al que van a acceder de manera simple”, aseguró al respecto la titular de Anses, María Fernanda Raverta.

Quiénes podrán cobrarlo

  • El cónyuge o la conviviente.
  • El padre o a la madre o alguna de sus madres o alguno de sus padres.
  • El hijo o la hija del fallecido.

Cómo se realiza el trámite

La gestión se realiza a través del sitio web de Anses. Allí, los familiares deberán presentar la factura de los gastos del sepelio o la cremación y comprobar la titularidad de los beneficios previsionales que poseía la persona fallecida.

En caso de que ese beneficio estuviera en trámite, tendrán que presentar un documento que valide el derecho otorgado. Para iniciar la gestión, además, no puede haber transcurrido más de un año desde el fallecimiento.

También se deberán presentar original y copia de los siguientes documentos:

  • DNI del solicitante del reintegro.
  • Partida de defunción de la persona fallecida.
  • Factura de la funeraria a nombre de la persona solicitante; o formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296.