Programa Acompañar: quiénes podrán cobrar el bono que ahora pasará a $21.600

Programa Acompañar: quiénes podrán cobrar el bono que ahora pasará a $21.600
Programa Acompañar: quiénes podrán cobrar el bono que ahora pasará a $21.600
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El subsidio llamado Programa Acompañar, lanzado recientemente por el Gobierno, ya tuvo un reajuste en el monto a partir del aumento dispuesto recientemente en el salario mínimo.

El aumento del 28% que las centrales gremiales y las cámaras empresarias acordaron el último martes para el Salario Mínimo Vital y Móvil generó, a su vez, un incremento en el monto de algunos planes y programas sociales.

Uno de ellos, y tal vez el más reciente, es el Plan Acompañar, impulsado por el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, cuyo haber era de $16.875 y quedará establecido en $21.600 a partir de marzo.

Qué es el Programa Acompañar

El Programa Acompañar forma parte del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022 que elaboramos y se inscribe en el nuevo paradigma de abordaje integral de las violencias que contempla impulsar políticas públicas para crear condiciones materiales que garanticen que las personas y grupos más afectados por las violencias de género puedan desarrollar un proyecto de vida autónomo.

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Su principal objetivo es Promover la autonomía de las mujeres y LGBTI+ que se encuentran en riesgo en contextos de violencias por motivos de género, a través de apoyo económico por un término de 6 (seis) meses, destinado a contribuir, en el corto y mediano plazo, a la creación de condiciones básicas para la construcción de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.

Quiénes pueden ser los beneficiarios

El subsidio, según establece el decreto de creación, está destinado a «aquellas mujeres y personas LGBTI+ que por sus condiciones socioeconómicas y vinculares se encuentren expuestas a diversas manifestaciones de las violencias por motivos de género que ponen en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social».

Qué requisitos deben cumplir

La interesada debe ser ciudadana argentina nativa o extranjera con residencia legal no inferior a un año y mayor de 18 años. Además, deberá acreditar «la situación de riesgo por violencia por motivos de género a través de un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».

Cómo se establece el monto de la ayuda

Consiste en una suma de dinero no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).

Ese valor, tras la última reunión del Consejo del Salario, llegará a un total de $21.600 el año próximo, una vez que se hayan aplicado las tres subas ya determinadas: 12% en octubre; 10% en diciembre y otro 6% en marzo.

El bono se abonará durante seis meses consecutivos y su objetivo es contribuir a “solventar los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias”.

En tanto, las personas que sean beneficiadas también podrán acceder a un acompañamiento integral para promover su “fortalecimiento psicosocial».

Cómo inscribirse en el programa y cuándo se paga

El plan, de alcance nacional, será implementado en articulación con Anses. Para su ejecución y que se pueda implementar la inscripción, el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad deberá primero firmar sendos convenios con las provincias y los municipios, quienes se constituirán en Unidades de Acompañamiento.

De acuerdo con las últimas informaciones, las primeras provincias en implementarlo serán Buenos Aires, Río Negro, Santa Fe y Chaco, que ya se encuentran en la etapa de firmas de convenios. No obstante, aún no hay una fecha definida para el pago del bono.

Con qué otros planes es compatible el Programa Acompañar

  • Asignación Universal por hijo o hija.
  • Con la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
  • Asignación por hijo o hija con discapacidad.
  • Monotributo Social.
  • Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Quiénes no podrán ser beneficiarios

De acuerdo con el artículo 7 del decreto, quedarán exentos quienes cuenten con:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen de autónomos.
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado.
  • Jubilaciones, pensiones, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la ciudad de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Prestación por desempleo.

Cuándo se deja de cobrar el bono

  • Fallecimiento de la destinataria.
  • Renuncia expresa.
  • Ingreso a otro programa social de apoyo económico destinado a personas en situación de violencia por motivos de género.
  • Incompatibilidad de otorgamiento al verificarse alguno de los supuestos previstos en el artículo 7.

Cómo contactarse con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad

WhatsApp: https://api.whatsapp.com/send?phone=5491127716463

App: https://www.argentina.gob.ar/aplicaciones/linea-144-atencion-mujeres

Correo electrónico: [email protected]